¿Es posible multar sin detener al infractor?

multar detener infractor

La respuesta, aunque luego ampliaremos la información, es muy rápida y sencilla: sí desde que el pasado 9 de mayo entró en vigor la nueva Ley de Tráfico. A partir de ese día los agentes perdieron la obligación de notificar al infractor cuando le habían puesto una multa, si, en ese momento, están realizando labores de vigilancia, controlando el tráfico o no disponen de los medios suficientes para seguir al implicado. Por tanto, sí es posible multar sin detener al infractor.

[!adsenseamp!]

En la actualidad es esa la normativa que está en vigor, sin embargo, las cosas podrían cambiar en el futuro. Antes de que el Gobierno de Mariano Rajoy lograra oficializar esta nueva regulación de tráfico, el Ayuntamiento de Madrid, con Ana Botella a la cabeza, ya había emitido, en 2010, una Ordenanza de Movilidad en la que se habilitaba a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado a multar sin detener al infractor.

La asociación Automovilistas Europeos Asociados (AEA) denunció dicha normativa y el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) declaró nulas las, aproximadamente, 600.000 multas interpuestas hasta el momento por este sistema. El consistorio de la capital de España pidió entonces amparo al Tribunal Supremo que, el pasado mes de julio, anuló definitivamente el artículo.

Otras novedades de la Ley de Tráfico además de poder multar sin detener al infractor

[!adsense!]

Sin duda la decisión de permitir multar sin detener al infractor es la más polémica de las novedades introducidas en el nuevo articulado. De ella emana un afán recaudatorio que, en los tiempos que corren, es un ataque más a nuestros ya maltrechos bolsillos. Además, es una norma que, en esta época en la que tanto se habla de transparencia, facilita el oscurantismo de una forma exagerada.

Pero la Ley de Tráfico incluye más novedades, aparte de la comentada de permitir multar sin parar al infractor. Entre ellas la de prohibir los detectores de radar o cinemómetros. La sanción puede ascender a 200 euros y tres puntos del carnet.

Asimismo, todos los menores que midan menos de 1,35 metros deberán ir, obligatoriamente, en el asiento de atrás. Se puede multar también a los vehículos extranjeros porque la novedosa regulación exige matricular en España los vehículos que circulen por el territorio nacional.

Written By
More from Margot
Seis consejos para preparar un viaje en moto
Viajar en moto engancha. Lo dicen todos los que lo han probado....
Read More
Leave a comment

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *